El celibato clerical o religioso es, en algunas religiones, un requisito que implica que algunos o todos los miembros del clero no estén casados. El celibato clerical también requiere la abstención de entregarse deliberadamente a pensamientos y comportamientos sexuales fuera del matrimonio, debido a que dichos impulsos son considerados como pecaminosos.[1]
Dentro de la Iglesia Católica el celibato clerical es obligatorio para todo el clero de la Iglesia Latina, excepto en el diaconado permanente .[2] En algunos casos se permiten algunas excepciones para los sacerdocios diaconales y de transición, como cuando los clérigos casados de otras iglesias o comunidades se hacen católicos, pero se hacen excepciones para la ordenación de obispos a hombres casados. Los matrimonios clericales no están permitidos y, por lo tanto, para aquellos para quienes el celibato en una iglesia en particular es opcional (como un diácono perpetuo en la Iglesia latina), aquellos que deseen casarse deben hacerlo antes de la ordenación. En el caso de las Iglesias católicas orientales estas siguen las mismas reglas que la Iglesia latina o exigen el celibato para los obispos y permiten la ordenación sacerdotal de hombres casados. Al ser cuestionado por ello, el actual Papa, Francisco contestó que quizá deberían plantearse eliminar la obligatoriedad y convertirlo en opcional, visto que a las demás confesiones cristianas les había ido bien, pero, hasta la fecha, se mantiene como un elemento obligatorio.
En las iglesias ortodoxas orientales, el celibato es la norma para los obispos ; los hombres casados pueden ser ordenados al sacerdocio, pero incluso los sacerdotes casados cuyas esposas fallecen antes que ellos no pueden volver a casarse después de la ordenación. Asimismo, el celibato no es una condición para la ordenación y, en algunas iglesias ortodoxas orientales, los diáconos pueden casarse después de la ordenación. Durante el período comprendido entre el siglo V y principios del siglo VI, la Iglesia oriental no aplicó la ley del celibato ni siquiera a la ordenación episcopal. El luteranismo, el anglicanismo y el protestantismo generalmente no requieren que el clero sea célibe y permiten o fomentan el matrimonio clerical. En el pasado, los diáconos de la Iglesia Luterana Sueca hacían un juramento de celibato, pobreza y apego a la casa de sus padres. El voto de celibato se hizo opcional en la década de 1960 y, en la actualidad, los diáconos y diáconos luteranos (hombres y mujeres) pueden casarse.