Congreso del Estado de Baja California

Congreso de Estado de Baja California
XXV Legislatura

Lema: #ElCongresoDeLaGente
Localización
Información general
Atribuciones Título Tercero, Capítulo I, artículo 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California
Tipo Unicameral
Inicio de sesiones 1 de agosto
Fin de sesiones 31 de julio
Salario $62,226 pesos mensuales[1]
Liderazgo
Presidente de la Mesa Directiva Dunnia Montserrat Murillo López ()
Vicepresidenta de la Mesa Directiva Evelyn Sánchez Sánchez ()
Secretario de la Mesa Directiva Alejandra María Ang Hernández ()
Prosecretaria de la Mesa Directiva Jaime Eduardo Cantón Rocha ()
Secretaria escrutadora de la Mesa Directiva María Yolanda Gaona Medina ()
Composición
Miembros 25 Diputados
Duración 3 años
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Grupos representados

  15   Morena   3   PAN   2   PVEM   1   PT   1   PESBC  1   FxMBC

  1   MC   1   PRI
Elecciones
Sistema electoral Sufragio directo
Última elección 2 de junio de 2024
Próxima elección 6 de junio de 2027
Sitio web
http://www.congresobc.gob.mx

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Baja California es el órgano depositario del poder legislativo del estado mexicano de Baja California. Es una asamblea unicameral compuesta por veinticinco diputados, de los cuales diecisiete son elegidos por mayoría relativa y ocho por representación proporcional.

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California establece el Congreso en su Título Tercero, Capítulo I, artículo 13.

El Congreso del Estado estará integrado por Diputados que se elegirán cada tres años; electos mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible; diecisiete serán electos en forma directa mediante el principio de mayoría relativa, uno por cada Distrito Electoral en que se divida el territorio del Estado, y en su caso, hasta ocho Diputados electos por el principio de representación proporcional en una circunscripción estatal. Por cada Diputado Propietario se elegirá un Suplente.

El Poder Legislativo es el órgano de gobierno del Estado de Baja California, al que le corresponde el ejercicio de las funciones legislativas, de fiscalización, así como el ámbito de la gestoría comunitaria, que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Local le confieren, así como las demás que le otorgan la presente Ley, y otras disposiciones legales.

  1. Ángel Nakamura (24 de octubre de 2017). «Estado a estado: ¿cuánto ganan los diputados locales?». Nación321. Consultado el 28 de abril de 2018. 

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