Una Iglesia particular (en latín: ecclesia particularis), en la eclesiología de la Iglesia católica introducida por el Concilio Vaticano II, es una comunidad de fieles católicos confiada al cuidado pastoral de un obispo —o de un presbítero reconocido como su equivalente— ayudado por un presbiterio, de modo que unida a su pastor por el Espíritu Santo a través del Evangelio y la eucaristía, en ella está presente y operante la Iglesia de Cristo que es una, santa, católica y apostólica.[1]