Incapacidad permanente

Incapacidad permanente (IP) es la situación laboral del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No impedirá tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del incapacitado, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo.[1]

Una vez otorgada tal calificación, es frecuente que se hagan revisiones periódicas cada cierto tiempo (la Seguridad Social se encarga de notificar cuándo). También existe la posibilidad de que, en los casos más graves, se considere no hacer más revisiones en el futuro debido a que, médicamente hablando, se tiene la certeza de que el incapacitado no mejorará.

  1. Ley General de la Seguridad Social (LGSS española) artículo 136.

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