Ley Nº 12.927 sobre seguridad del Estado | ||
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Extensión teritorial |
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Hecho por | Carlos Ibáñez del Campo | |
Historia | ||
Promulgación | 2 de agosto de 1958 | |
Publicación | 6 de agosto de 1958 | |
Legislación refundida | ||
La Ley Nº 12.927, sobre seguridad del Estado,[1] conocida también como Ley de Seguridad Interior del Estado o simplemente Ley de Seguridad del Estado (LSE), es una ley chilena que tipifica delitos contra la soberanía nacional y la seguridad exterior del Estado, contra la seguridad interior del Estado, contra el orden público y contra la normalidad de las actividades nacionales, fijando la jurisdicción, procedimiento y la prevención de tales delitos; asimismo, indica las facultades ordinarias del presidente de la República para velar por la seguridad del estado, el mantenimiento del orden público y de la paz social y por la normalidad de las actividades nacionales. Fue promulgada durante el segundo gobierno del presidente Carlos Ibáñez del Campo el 2 de agosto de 1958 y publicada en el Diario Oficial el 6 de agosto siguiente.[2]
Durante la dictadura militar, encabezada por el general Augusto Pinochet, la LSE fue objeto de numerosas reformas dirigidas a ampliar las conductas punibles y aumentar sustancialmente las penas, especialmente para los delitos contra el orden público. Por lo anterior, a fin de incluir las modificaciones introducidas en aquel entonces, el 3 de julio de 1975 se promulgó el decreto 890 que fijó su texto actualizado y refundido, siendo publicado en el Diario Oficial el 26 de agosto siguiente.
Esta ley permite a los Tribunales de Justicia acelerar los procesos, pudiendo dictar sentencia con mucha mayor rapidez. Todas aquellas personas que condenadas por delitos previstos en esta ley quedan inhabilitadas para ejercer cargos y oficios públicos, de acuerdo a las normas del Código Penal (CP).[3]